Abogado especialista en derecho administrativo

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miércoles, 21 de agosto de 2013

PENSION GRACIA PARA LOS COFINANCIADOS

Los docentes cuyo salario se les ha pagado por el sistema de cofinanciación también tienen derecho a la pensión ya que la forma de pago no altera el carácter del nombramiento que es el factor determinante para obtener la pensión gracia. Así lo ha definido el Tribunal Administrativo de Caldas en sus diferentes sentencias.

martes, 18 de junio de 2013

Arancel Judicial

Fue aprobada en el Congreso y pasó a sanción presidencial la ley que establece un arancel judicial para quienes deban acudir ante los estrados judiciales en demanda de sus derechos. Este arancel es un costo que se denomina PARAFISCAL y tiene como objeto tratar de que no se promuevan tantos procesos.

En mi criterio, considero que esta medida es violatoria de la C.N. ya que restringe el derecho que tiene toda persona de acceder a la justicia.  

viernes, 14 de junio de 2013

EFECTOS FISCALES

Si un docente fue nombrado y posesionado antes del 31 de diciembre de 1980, pero con efectos fiscales a partir de una fecha posterior a ésta, tiene derecho a la pensión gracia porque el hecho relevante es la posesión y no los efectos fiscales. Juzgado octavo administrativo de descongestión de Manizales. Sent. de mayo 31 de 2013.

PENSIÓN GRACIA

Cuando un docente ha laborado en un colegio de carácter nacional y éste es asumido por una entidad territorial (departamento o municipio certificado) aquél adquiere, nuevamente, la calidad de territorial, en consecuencia, es susceptible de obtener la pensión gracia. Claro está, si su nombramiento ocurrió con anterioridad al 31 de diciembre de 1980. Tribunal Administrativo de Caldas. Sent. de abril 18 de 2013. Mag. Ponente: Augusto Morales Valencia.