Embargos en jurisdicciones civil y penal pueden concurrir.
Ninguna norma prohíbe la concurrencia de embargos decretados en las jurisdicciones civil y penal aclaró la Sección Primera del Consejo de Estado Sentencia 110011032400020070009700 nov 1o./12 Consejera Ponente María Claudia Rojas. (Ambito Jurídico, dic. 7 /12)
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